Artículo 802 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien tiene en posesión una casa o terreno, la ley asume que también es dueño de los muebles que están adentro, como muebles, electrodomésticos o decoraciones. O sea, no necesitas demostrar por separado que esos objetos son tuyos, porque se da por hecho que lo son si están dentro de tu propiedad. Esto aplica mientras no haya pruebas de lo contrario. Sirve para evitar broncas al probar la propiedad de cosas chiquitas que están en un lugar que ya controlas.
Texto oficial
Artículo 802.- La posesión de un inmueble hace presumir la de los bienes muebles que se hallen en él.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.