Artículo 822 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien está peleando por un terreno o una propiedad, y durante esa pelea el terreno mejora por causas naturales o por el paso del tiempo (por ejemplo, porque crecieron árboles o se formó un arroyo), ese beneficio se lo queda quien gane la posesión al final. Es decir, el que pierde no tiene derecho a reclamar nada por esas mejoras no hechas por personas, sino por la propia naturaleza o los años.
Texto oficial
Artículo 822.- Las mejoras provenientes de la naturaleza o del tiempo, ceden siempre en beneficio del que haya vencido en la posesión.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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