Artículo 830 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 830 dice que si eres dueño de algo, puedes usarlo, disfrutarlo y decidir qué hacer con ello, pero siempre respetando lo que diga la ley. Por ejemplo, puedes vender tu casa, rentarla o vivir en ella, pero no puedes usarla para hacer algo ilegal. Las “limitaciones” son reglas que te impiden hacer ciertas cosas, como construir sin permiso. Las “modalidades” son condiciones especiales que la ley pone, como pagar impuestos por tu propiedad. En pocas palabras, eres dueño, pero no puedes hacer lo que quieras si la ley lo prohíbe.
Texto oficial
Artículo 830.- El propietario de una cosa puede gozar y disponer de ella con las limitaciones y modalidades que fijen las leyes.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.