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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/831
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
831

Artículo 831 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 831 dice que nadie puede quitarte tu propiedad o terreno sin tu permiso. La única excepción es si el gobierno lo necesita para un proyecto que beneficie a toda la comunidad, como una carretera o un hospital. Pero incluso en ese caso, la autoridad está obligada a pagarte una indemnización justa por lo que te quitan. En pocas palabras, tu propiedad está protegida y no te la pueden arrebatar así nomás.

Texto oficial

Artículo 831.- La propiedad no puede ser ocupada contra la voluntad de su dueño, sino por causa de utilidad pública y mediante indemnización.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 94) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.