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Artículo 831 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 831 dice que nadie puede quitarte tu propiedad o terreno sin tu permiso. La única excepción es si el gobierno lo necesita para un proyecto que beneficie a toda la comunidad, como una carretera o un hospital. Pero incluso en ese caso, la autoridad está obligada a pagarte una indemnización justa por lo que te quitan. En pocas palabras, tu propiedad está protegida y no te la pueden arrebatar así nomás.

Texto oficial

Artículo 831.- La propiedad no puede ser ocupada contra la voluntad de su dueño, sino por causa de utilidad pública y mediante indemnización.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 94) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.