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Artículo 832 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 832 dice que el Gobierno puede comprar terrenos que sirvan para ayudar a las familias de escasos recursos. Esto lo hace con dos fines: venderlos para que las familias formen su patrimonio (como tener una casa propia) o para construir casas que se renten barato a la gente pobre. Se considera que esto es algo bueno para todos, por eso se llama "de utilidad pública". En pocas palabras, el gobierno tiene permitido adquirir terrenos para ayudar a las familias a tener dónde vivir sin que les cueste mucho.

Texto oficial

Artículo 832.- Se declara de utilidad pública la adquisición que haga el Gobierno de terrenos apropiados, a fin de venderlos para la constitución del patrimonio de la familia o para que se construyan casas habitaciones que se alquilen a las familias pobres, mediante el pago de una renta módica.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 94) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.