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Artículo 847 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un terreno donde el vecino plantó árboles muy cerca de tu propiedad, puedes exigirle que los quite si están más cerca de lo que marca la ley. La regla general es que deben respetar una distancia mínima, pero incluso si están más lejos, igual puedes pedir que los arranquen si te están causando un daño claro, como raíces que dañan tu casa o paredes. Esto aplica siempre que el perjuicio sea evidente, no solo una sospecha o molestia menor. En pocas palabras, la ley te protege para evitar problemas graves con los árboles del vecino.

Texto oficial

Artículo 847.- El propietario puede pedir que se arranquen los árboles plantados a menor distancia de su predio de la señalada en el artículo que precede, y hasta cuando sea mayor, si es evidente el daño que los árboles le causan.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 96) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.