Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 880 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Nadie tiene derecho a meterse en un terreno o casa que no sea suyo para empezar a escarbar o hacer hoyos buscando un tesoro, así nomás por su cuenta. Si quieres hacerlo, necesitas permiso del dueño, porque si no, estás actuando fuera de la ley. Básicamente, no puedes entrar a la propiedad de otro y ponerte a cavar como si nada, aunque estés seguro de que hay algo valioso enterrado. El artículo deja claro que eso no se vale sin autorización.

Texto oficial

Artículo 880.- De propia autoridad nadie puede, en terreno o edificio ajeno, hacer excavación, horadación u obra alguna para buscar un tesoro.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 98) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.