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Artículo 919 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 919 dice que, en cosas como pinturas, esculturas, bordados, escritos, impresos o grabados, lo más importante es la obra en sí, no el material donde está hecha. Por ejemplo, si tienes un cuadro pintado en un lienzo, lo valioso es la pintura, no la tela. Lo mismo aplica si es una escultura en piedra o metal: la obra vale más que el material. En otras palabras, el soporte (la tabla, el papel, la piedra, etc.) se considera solo un accesorio de la obra principal.

Texto oficial

Artículo 919.- En la pintura, escultura y bordado; en los escritos, impresos, grabados, litografías, fotograbados, oleografías, cromolitografías, y en las demás obtenidas por otros procedimientos análogos a los anteriores, se estima accesorio la tabla, el metal, la piedra, el lienzo, el papel o el pergamino.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 101) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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