Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/986
- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 986
Artículo 986 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El usufructo es el derecho de usar y disfrutar de una propiedad que no es tuya. Si al firmar el contrato no se dice cuánto va a durar, por ley se entiende que es vitalicio, es decir, hasta que la persona que lo recibe fallezca. Solo pierde ese derecho si el documento original establece otra cosa.
Texto oficial
Artículo 986.- Es vitalicio el usufructo si en el título constitutivo no se expresa lo contrario.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.