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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/1050
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
1050

Artículo 1050 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 1050 dice que, si en un negocio una de las personas involucradas lo hace como comerciante (acto mercantil) y la otra como particular (acto civil), cualquier pleito que surja de ese trato se resolverá usando las leyes de comercio. Así que, aunque tú no seas comerciante, si tratas con alguien que sí lo es, te aplicarán las reglas mercantiles en cualquier problema legal. Esto es importante porque las leyes mercantiles tienen sus propias reglas, diferentes a las civiles. En pocas palabras, predomina la ley de comercio cuando una de las partes es comerciante.

Texto oficial

Artículo 1050.- Cuando conforme a las disposiciones mercantiles, para una de las partes que intervienen en un acto, éste tenga naturaleza comercial y para la otra tenga naturaleza civil la controversia que del mismo se derive se regirá conforme a las leyes mercantiles. Artículo reformado DOF 04-01-1989

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 100) ↗

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