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Artículo 122 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo ya no existe en la ley. La palabra "derogado" significa que fue eliminado o cancelado oficialmente el 4 de agosto de 1934. En otras palabras, ya no hay que cumplirlo ni tomarlo en cuenta. Es como si se hubiera borrado del libro de leyes.

Texto oficial

Artículo 122.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934

Ver ley oficial en el DOF (pág. 33) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.