Artículo 121 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Ya no aplica. Este artículo fue eliminado de la ley desde 1934, así que no tiene efecto legal.
Texto oficial
Artículo 121.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.