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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/121
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
121

Artículo 121 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ya no aplica. Este artículo fue eliminado de la ley desde 1934, así que no tiene efecto legal.

Texto oficial

Artículo 121.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 33) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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