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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/120
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
120

Artículo 120 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 120 ya no existe en la ley porque fue eliminado oficialmente el 4 de agosto de 1934. Cuando un artículo "se deroga", significa que se borra o se deja sin efecto, como si lo hubieran tachado. Por lo tanto, no aplica a ninguna situación actual y no debes preocuparte por lo que decía.

Texto oficial

Artículo 120.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 33) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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