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Artículo 120 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Artículo 120 ya no existe en la ley porque fue eliminado oficialmente el 4 de agosto de 1934. Cuando un artículo "se deroga", significa que se borra o se deja sin efecto, como si lo hubieran tachado. Por lo tanto, no aplica a ninguna situación actual y no debes preocuparte por lo que decía.

Texto oficial

Artículo 120.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934

Ver ley oficial en el DOF (pág. 33) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.