Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/119
- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 119
Artículo 119 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no es válido porque fue eliminado el 4 de agosto de 1934. Significa que lo que antes decía ya no está vigente ni se aplica. En otras palabras, no tienes que preocuparte por él porque dejó de existir en la ley hace casi 90 años.
Texto oficial
Artículo 119.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.