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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/119
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
119

Artículo 119 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido porque fue eliminado el 4 de agosto de 1934. Significa que lo que antes decía ya no está vigente ni se aplica. En otras palabras, no tienes que preocuparte por él porque dejó de existir en la ley hace casi 90 años.

Texto oficial

Artículo 119.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 33) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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