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Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
1225

Artículo 1225 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien va a declarar en un juicio, primero tiene que prometer decir la verdad. Después, el juez le hará las preguntas y anotará sus respuestas exactamente como las dijo, sin cambiar nada. Al terminar, la persona que respondió debe firmar al lado de cada pregunta para confirmar que es correcto. Esto asegura que todo quede por escrito y que no haya malentendidos.

Texto oficial

Artículo 1225.- Hecha la protesta de decir verdad, el juez procederá al interrogatorio, asentando literalmente las respuestas, y concluida la diligencia, la parte absolvente firmará al margen el pliego de posiciones.

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 139) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.