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Artículo 124 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley el 4 de agosto de 1934. "Derogar" significa que se canceló oficialmente, como cuando borras un punto de un reglamento. Por lo tanto, no hay nada que cumplir ni aplicar aquí.

Texto oficial

Artículo 124.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934

Ver ley oficial en el DOF (pág. 33) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.