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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 125
Artículo 125 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no está vigente. El artículo 125 fue eliminado de la ley el 4 de agosto de 1934, es decir, ya no existe ni se aplica. Cuando una ley dice "derogado", significa que esa parte fue quitada oficialmente. En la práctica, no tienes que preocuparte por este artículo porque ya no tiene ningún efecto legal.
Texto oficial
Artículo 125.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.