- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 1285
Artículo 1285 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 1285 dice que si quieres probar algo usando varias presunciones (es decir, suposiciones que haces con base en hechos conocidos), esas presunciones deben ir todas en la misma dirección. No pueden contradecirse entre sí, ni una puede echar abajo a la otra. Además, deben estar conectadas entre ellas y con el hecho que ya probaste, de modo que parezca inevitable que ese hecho sea la causa o el resultado de esas suposiciones. En pocas palabras, todas las pistas deben apuntar al mismo lugar sin contradecirse.
Texto oficial
Artículo 1285.- Cuando fueren varias las presunciones con que se quiere probar un hecho, han de ser, además, concordantes; esto es, no deben modificarse ni destruirse unas por otras, y deben tener tal enlace entre sí y con el hecho probado, que no puedan dejar de considerarse como antecedentes o consecuencias de éste.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.