- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 1293
Artículo 1293 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los documentos oficiales hechos ante un notario o autoridad (como escrituras o actas) siguen siendo válidos aunque alguien intente ponerles peros para anular un derecho que tengan. Si tienes un papel así y alguien alega algo en tu contra, eso no echa para atrás el documento por sí mismo. Lo que importa es si el documento está bien hecho desde el principio, no lo que digan después. En corto, no porque te pongan una excusa el documento deja de valer.
Texto oficial
Artículo 1293.- Los instrumentos públicos no se perjudicarán en cuanto a su validez por las excepciones que se aleguen para destruir la acción que en ellos se funde.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.