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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/1314
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
1314

Artículo 1314 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien quiere tachar o impugnar un documento (decir que algo está mal o que no es válido), tiene que pedirlo por escrito como parte de un juicio. Ese trámite se hace mediante un "incidente", que es un procedimiento especial dentro del mismo juicio para resolver ese asunto. Tienes que seguir los mismos pasos y tiempos que la ley marca para este tipo de trámites.

Texto oficial

Artículo 1314.- La petición de tachas se hará en forma de incidente y en los términos para su tramitación. Artículo reformado DOF 24-05-1996

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 154) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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