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Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
1333

Artículo 1333 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una persona gana o pierde un juicio y cree que la sentencia (la decisión final del juez) tiene un error o algo que no quedó claro, puede pedirle al juez que la explique o corrija. Ese pedido debe entregarse por escrito dentro de los 3 días siguientes a que te notifiquen la sentencia (es decir, desde que te enteras oficialmente del resultado). El juez tiene otros 3 días para responder si acepta o no la aclaración. Mientras haces ese trámite, se detiene el plazo que tienes para apelar (inconformarte ante un juez de mayor rango).

Texto oficial

Artículo 1333.- La aclaración de sentencia debe pedirse por escrito dentro de los tres días siguientes en el que haya surtido efectos la notificación de la resolución que se pretenda aclarar. El juez resolverá sobre la aclaración de la sentencia en un plazo máximo de tres días. La interposición de la aclaración interrumpe el término señalado para la apelación. Artículo reformado DOF 25-01-2017 CAPÍTULO XXIV De la revocación y reposición Denominación del Capítulo reformada DOF 24-05-1996

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 155) ↗

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