- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 1392
Artículo 1392 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien te debe dinero y tienes un documento que lo comprueba (como un pagaré), puedes presentar una demanda en el juzgado. El juez entonces ordenará que le exijan a esa persona que pague, y si no lo hace, le podrán embargar bienes (como un coche o una casa) suficientes para cubrir la deuda y los gastos del juicio. Esos bienes se quedan al cuidado de alguien que tú elijas, y tú eres responsable de que no se pierdan. Además, en cualquier momento puedes revisar que esos bienes sigan ahí, que estén en buen estado y que alcancen para pagar lo que te deben; incluso puedes pedir que los avalúen. Si ves que los bienes se echan a perder o no son suficientes, puedes pedir que embarguen más cosas, a menos que el daño haya sido por tu culpa o por culpa de la persona que los cuida.
Texto oficial
Artículo 1392.- Presentada por el actor su demanda acompañada del título ejecutivo, se proveerá auto, con efectos de mandamiento en forma, para que el demandado sea requerido de pago, y no haciéndolo se le embarguen bienes suficientes para cubrir la deuda, los gastos y costas, poniéndolos bajo la responsabilidad del actor, en depósito de persona nombrada por éste. En todo momento, el actor tendrá acceso a los bienes embargados, a efecto de verificar que no hayan sido dispuestos, sustraídos, su estado y la suficiencia de la garantía, para lo cual, podrá además solicitar la práctica de avalúos. De ser el caso, el actor podrá solicitar la ampliación de embargo, salvo que la depreciación del bien haya sido por causas imputables al mismo o a la persona nombrada para la custodia del bien. Artículo reformado DOF 24-05-1996, 10-01-2014
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.