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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/1485
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
1485

Artículo 1485 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 1485 ya no existe en la ley. Fue eliminado o cancelado oficialmente el 20 de abril de 1943, según el Diario Oficial de la Federación. Esto quiere decir que ya no tienes que cumplir con ninguna regla que estuviera escrita ahí. Es como si esa parte de la ley nunca hubiera estado vigente desde esa fecha.

Texto oficial

Artículo 1485.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 20-04-1943

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 211) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.