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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/1486
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
1486

Artículo 1486 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo fue eliminado de la ley desde hace más de 80 años, por lo que ya no tiene ningún efecto. No debes preocuparte por él, porque no existe ni aplica en la actualidad. Cuando un artículo se deroga, es como si lo borraran para siempre del código legal. Entonces, no hay ninguna regla que cumplir o derecho que reclamar aquí.

Texto oficial

Artículo 1486.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 20-04-1943

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 211) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.