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Artículo 153 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 153 fue eliminado del Código de Comercio desde 1934, por lo que ya no existe ni tiene ningún efecto legal. Que un artículo esté "derogado" significa que se canceló oficialmente y ya no es aplicable.

Texto oficial

Artículo 153.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934 CÓDIGO DE COMERCIO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 35 de 291

Ver ley oficial en el DOF (pág. 34) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.