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Artículo 154 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Artículo 154 que estás viendo ya no sirve, porque fue eliminado oficialmente desde 1934. Cuando una ley dice "derogado", significa que dejó de tener efecto y ya no se aplica. En pocas palabras, no tienes que preocuparte por lo que decía ese artículo, porque ya no es válido. Así que para cualquier situación legal, no lo tomes en cuenta.

Texto oficial

Artículo 154.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934

Ver ley oficial en el DOF (pág. 35) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.