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Artículo 169 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo fue eliminado de la ley. "Derogado" significa que ya no tiene validez legal desde el 4 de agosto de 1934, así que no debes tomarlo en cuenta. Es como si esa parte de la ley nunca hubiera existido para los casos actuales. En pocas palabras, ya no aplica para nada.

Texto oficial

Artículo 169.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934

Ver ley oficial en el DOF (pág. 35) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.