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Artículo 176 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley desde el 4 de agosto de 1934. Cuando un artículo está "derogado", significa que ya no es válido ni se puede aplicar. En pocas palabras, no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no existe.

Texto oficial

Artículo 176.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934

Ver ley oficial en el DOF (pág. 36) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.