Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 181 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Ese artículo ya no existe. Está derogado, lo que significa que fue eliminado de la ley desde el 4 de agosto de 1934. No tienes que preocuparte por él porque ya no tiene ningún efecto legal.

Texto oficial

Artículo 181.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934

Ver ley oficial en el DOF (pág. 36) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.