Artículo 181 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Ese artículo ya no existe. Está derogado, lo que significa que fue eliminado de la ley desde el 4 de agosto de 1934. No tienes que preocuparte por él porque ya no tiene ningún efecto legal.
Texto oficial
Artículo 181.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.