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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/180
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
180

Artículo 180 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido, fue eliminado oficialmente desde 1934. Eso significa que no tienes que cumplir con ninguna regla que mencionara, porque ya no existe en la ley. En términos simples, es como si lo hubieran borrado para siempre.

Texto oficial

Artículo 180.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 36) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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