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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/179
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
179

Artículo 179 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 179 fue eliminado de la ley el 4 de agosto de 1934, por lo que ya no existe ni tiene ningún efecto. La palabra "derogado" significa que ese artículo ya no es válido y no se aplica en ningún caso. En pocas palabras, esta parte de la ley ya no se usa para nada.

Texto oficial

Artículo 179.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 36) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.