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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/204
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
204

Artículo 204 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no existe en la ley. "Derogar" significa que fue eliminado oficialmente desde el 4 de agosto de 1934, por lo que ya no tiene ningún efecto legal. En pocas palabras, no debes hacerle caso a este artículo porque ya no aplica.

Texto oficial

Artículo 204.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 37) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.