Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/204
- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 204
Artículo 204 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no existe en la ley. "Derogar" significa que fue eliminado oficialmente desde el 4 de agosto de 1934, por lo que ya no tiene ningún efecto legal. En pocas palabras, no debes hacerle caso a este artículo porque ya no aplica.
Texto oficial
Artículo 204.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.