- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 208
Artículo 208 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Ese artículo del Código de Comercio ya no sirve para nada porque fue derogado (es decir, eliminado) desde 1934. Imagínate, es una ley tan vieja que prácticamente desapareció hace casi 100 años. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por cumplir con lo que decía, porque ya no existe en el sistema legal. En pocas palabras, es como un requisito que borraron y ya no aplica en ningún trámite o situación.
Texto oficial
Artículo 208.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934 CÓDIGO DE COMERCIO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 38 de 291
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