Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/214
- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 214
Artículo 214 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no existe en la ley. Significa que fue eliminado oficialmente el 4 de agosto de 1934, así que ya no tienes que preocuparte por él. "Derogar" quiere decir que se quita o anula una regla para que ya no sea válida. En pocas palabras, no hay nada que explicar porque ya no aplica.
Texto oficial
Artículo 214.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.