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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/215
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
215

Artículo 215 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve para nada desde el 4 de agosto de 1934, porque fue eliminado de la ley. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez ni se puede aplicar. Así que no te preocupes por lo que decía, ya no existe para efectos legales.

Texto oficial

Artículo 215.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 38) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.