Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/215
- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 215
Artículo 215 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada desde el 4 de agosto de 1934, porque fue eliminado de la ley. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez ni se puede aplicar. Así que no te preocupes por lo que decía, ya no existe para efectos legales.
Texto oficial
Artículo 215.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.