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Artículo 24 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Las empresas de otros países que quieran registrarse legalmente en México deben demostrar primero que fueron creadas siguiendo las leyes de su propio país. También necesitan un permiso especial de la Secretaría de Economía para poder hacer negocios aquí. Eso sí, si hay acuerdos o tratados internacionales con México, esos documentos tienen prioridad sobre lo que dice este artículo. En términos simples, para operar en México, una empresa extranjera debe tener papeles en regla de su país y un permiso mexicano, a menos que un tratado diga otra cosa.

Texto oficial

Artículo 24.- Las sociedades extranjeras deberán acreditar, para su inscripción en el Registro Público de Comercio, estar constituidas conforme a las leyes de su país de origen y autorizadas para ejercer el comercio por la Secretaría, sin perjuicio de lo establecido en los tratados o convenios internacionales. Artículo reformado DOF 29-05-2000

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.