Artículo 3 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice quiénes son considerados comerciantes según la ley. Primero, son comerciantes las personas que pueden legalmente hacer negocios y se dedican al comercio como su trabajo diario. También lo son las empresas o sociedades que se crean siguiendo las leyes de comercio mexicanas. Por último, las empresas extranjeras o sus sucursales que hagan actividades comerciales dentro de México también cuentan como comerciantes. En pocas palabras, si te dedicas a vender o hacer negocios de forma habitual, eres un comerciante ante la ley.
Texto oficial
Artículo 3o.- Se reputan en derecho comerciantes: I.- Las personas que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, hacen de él su ocupación ordinaria; II.- Las sociedades constituidas con arreglo a las leyes mercantiles; III.- Las sociedades extranjeras o las agencias y sucursales de éstas, que dentro del territorio nacional ejerzan actos de comercio.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.