- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 323
Artículo 323 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un dependiente viajero (un empleado que va a hacer tratos por ti) tiene una carta o documento donde le dices exactamente qué puede hacer, todo lo que haga dentro de eso te compromete legalmente a ti como su jefe. O sea, si le das permiso por escrito para algo, tú eres el responsable de lo que él acuerde. Es como cuando le prestas el coche a alguien con permiso: si choca, tú pagas los daños. Solo responde por lo que le autorizaste, no por más.
Texto oficial
Artículo 323.- Los dependientes viajantes autorizados con cartas ú otros documentos para gestionar negocios, o hacer operaciones de tráfico, obligarán a su principal dentro de las atribuciones expresadas en los documentos que los autoricen.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.