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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/347
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
347

Artículo 347 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve, está derogado, es decir, eliminado de la ley. Lo quitaron oficialmente el 27 de agosto de 1932, así que no tienes que hacerle caso ni preocuparte por él. No hay nada que cumplir o entender aquí, como si nunca hubiera existido.

Texto oficial

Artículo 347.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 48) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.