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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/403
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
403

Artículo 403 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que fue eliminado y ya no tiene validez. Fue quitado oficialmente el 31 de agosto de 1935, así que no tienes que preocuparte por él. En pocas palabras, es como si ese artículo del Código de Comercio hubiera sido borrado del libro de leyes.

Texto oficial

Artículo 403.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 31-08-1935 CÓDIGO DE COMERCIO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 55 de 291

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 54) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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