Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/404
- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 404
Artículo 404 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no existe, fue eliminado oficialmente desde 1935. Cuando una ley dice "derogado", significa que dejó de tener efecto y ya no se aplica en ningún caso. No hay nada que explicar ni que cumplir de ese artículo, porque ya no es parte de la ley. No te preocupes, no te afecta en absoluto.
Texto oficial
Artículo 404.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 31-08-1935
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.