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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/405
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
405

Artículo 405 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe en la ley. Cuando dice que está "derogado", significa que fue eliminado oficialmente hace muchos años, desde 1935. Por lo tanto, ya no tienes que preocuparte por él ni aplicarlo. Es como si la ley lo hubiera borrado por completo.

Texto oficial

Artículo 405.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 31-08-1935

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 55) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.