Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/412
- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 412
Artículo 412 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 412 fue eliminado de la ley desde 1935, según el Diario Oficial de la Federación. Está derogado, lo que significa que ya no tiene validez ni se aplica. Por lo tanto, no debes preocuparte por este artículo, porque actualmente no existe en la legislación.
Texto oficial
Artículo 412.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 31-08-1935
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.