Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/413
- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 413
Artículo 413 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 413 fue eliminado de la ley en 1935, así que ya no existe ni se usa para nada. "Derogar" significa que una ley o artículo se cancela oficialmente y deja de tener efecto. En pocas palabras, no tienes que preocuparte por este artículo porque ya no aplica. Si ves "derogado" en alguna ley, quiere decir que esa parte ya no es válida.
Texto oficial
Artículo 413.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 31-08-1935
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.