Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/418
- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 418
Artículo 418 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo fue eliminado de la ley desde 1935, por lo que ya no tiene ningún efecto. Cuando un artículo está derogado, significa que ya no se aplica ni es válido para ningún caso. No tienes que preocuparte por él ni seguirlo, porque la ley ya no lo considera.
Texto oficial
Artículo 418.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 31-08-1935
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.