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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 426
Artículo 426 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no sirve para nada. Fue eliminado (derogado) de la ley desde el 31 de agosto de 1935, que es la fecha en que se publicó el cambio en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Como está derogado, no tienes que preocuparte por él ni aplicarlo. Es como si nunca hubiera existido legalmente.
Texto oficial
Artículo 426.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 31-08-1935
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