Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/435
- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 435
Artículo 435 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada, está eliminado de la ley. Cuando una ley dice "derogado" significa que ya no tiene efecto legal, como si lo hubieran borrado. Esto pasó oficialmente desde el 31 de agosto de 1935. Así que no te preocupes por él, ya no aplica.
Texto oficial
Artículo 435.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 31-08-1935
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.