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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/436
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
436

Artículo 436 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo fue eliminado por completo el 31 de agosto de 1935, por lo que ya no existe ni se aplica. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que se quitó del código y ya no tiene ningún efecto legal. No hay que hacer nada al respecto, porque esa regla ya no está vigente.

Texto oficial

Artículo 436.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 31-08-1935

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 56) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.