Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/436
- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 436
Artículo 436 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo fue eliminado por completo el 31 de agosto de 1935, por lo que ya no existe ni se aplica. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que se quitó del código y ya no tiene ningún efecto legal. No hay que hacer nada al respecto, porque esa regla ya no está vigente.
Texto oficial
Artículo 436.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 31-08-1935
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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.