- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 482
Artículo 482 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 482 fue eliminado del Código Penal desde el 27 de agosto de 1932, por lo que ya no existe ni tiene ningún efecto legal. Esto quiere decir que no tienes que preocuparte por lo que decía porque la ley lo borró completamente. En pocas palabras, es como si ese artículo nunca hubiera estado vigente para los delitos que se cometan hoy en día.
Texto oficial
Artículo 482.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.