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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 485
Artículo 485 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no existe. "Derogar" significa que se eliminó o canceló la ley, por lo que ya no tiene ningún efecto legal. Como fue derogado en 1932, hace casi cien años, no aplica para nada hoy en día. No hay que preocuparse por él, pues no obliga ni prohíbe nada.
Texto oficial
Artículo 485.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932
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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.